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Forma Jurídica de Trandix
Una de las decisiones a tener en cuenta en una empresa es decidir el tipo de sociedad a elegir para nuestro negocio. La elección de la sociedad limitará y favorecerá ciertos aspectos de nuestra empresa. Esta elección debe estar orientada en su mayor parte al desarrollo del negocio dentro de sus capacidades, por lo que la forma jurídica elegida se debe complementar muy bien con el carácter de nuestra empresa.
Las diferentes sociedades mercantiles que estuvimos estudiando fueron: Sociedad de responsabilidad Limitada (SL), Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) y Sociedad Anónima (SA). Para entender mejor cada una de ella decidimos estudiarlas individualmente:


Sociedad de responsabilidad Limitada (SL)-Sociedad de carácter capitalista-El número de socios para su constitución es de uno o más miembros
-La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado
-El capital aportado está dividido en participaciones
-El capital mínimo debe de ser de 3000€ y en el momento de la constitución de la sociedad , debe estar totalmente suscrito y desembolsado
-La razón social debe estar formado por el nombre seguido de "Sociedad de Responsabilidad Limitada" o las siglas "SRL" o "SL"
-Para la transmisión de las participaciones sociales se debe comunicar a los administradores la intención de su traspaso, el número de particiones que se quiere canjear, la identidad del adquirente y el precio pactado; si los socios restantes quieren adquirirlas tienen derecho preferente
-Esta sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades
-Los órganos de la sociedad son la Junta General y los administradores


Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE)
-Sociedad capitalista creada con el objetivo de permitir la constitución de empresas de pequeñas dimensiones de forma rápida y sencilla, con ahorro de costes y tiempo-El número de socios para su constitución puede ser de uno solo y de cinco como máximo-La responsabilidad de los socios es limitada y proporcional al capital aportado-El capital social no puede ser inferior a 3000€ ni superior a 120000€-el capital está dividido en participaciones-La razón social estará formada por los dos apellidos y el nombre de uno de los socios fundadores seguidos de un código alfanumérico. Deberá figurar además la indicación "Sociedad Limitada Nueva Empresa" o "SLNE"-Esta sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades. Los primeros periodos impositivos tienen ventajas fiscales.
Sociedad Anónima (SA)
-Sociedad puramente capitalista ya que las condiciones personales de los socios no tiene ninguna relevancia: el capital es el único elemento importante-El número de socios para la constitución puede ser de uno o más -La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado-El capital social mínimo es de 60000€. este capital está dividido en acciones nominativas o al portador. Este tipo de sociedades se puede crear mediante fundación sucesiva (las acciones se van desembolsando de forma sucesiva) o mediante la fundación simultánea (las acciones se desembolsan en el momento de la creación)-La razón social debe estar formada por el nombre de la sociedad seguido de "Sociedad Anónima" o las siglas "SA"-La transmisión de las acciones es libre, una vez que la sociedad esté inscrita en el Registro Mercantil.-Esta sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades





Al terminar de estudiarlas,tuvimos en cuenta varios factores de nuestra compañía:
-Somos cinco socias cofundadoras, por lo que no podríamos adoptar la forma de empresario individual pero seríamos aptas para el resto de sociedades como la Sociedad Laboral, Sociedad Colectiva, Sociedad Limitada, Sociedad Limitada Nueva Empresa y Sociedad Anónima. Sin embargo, en el caso de querer ampliar el número de socios, no podríamos adoptar la forma jurídica de Sociedad Limitada Nueva Empresa, ya que el máximo número de socios posible es cinco.
-No podemos aportar mucho capital inicial ya que somos jóvenes con poca experiencia laboral y no disponemos de muchos ahorros para empezar, por lo que no nos convendría adoptar la Sociedad Anónima debido a que como mínimo debes de poner un capital social para la constitución de 60000€ y aun que se pueda crear una SA mediante fundación sucesiva, en el momento de la constitución el capital debe estar totalmente suscrito y desembolsado en al menos un 25% por lo que sigue siendo elevado.
-Tenemos intenciones de crecimiento y desarrollo empresarial, por lo que tampoco queremos limitarnos a un capital máximo de 120.000€ como en el caso de la Sociedad Limitada Nueva Empresa.
-No queremos perder el control sobre las decisiones de nuestra empresa, por lo que una SA no podrá ser ya que en este caso la transmisión de las acciones es libre, sin embargo las participaciones de la SL tienen derecho preferente, a la hora de vender se bebe consultar primero a los socios más antiguos si las quieren.
-Queremos tener una responsabilidad limitada al capital aportado.

Por todo ello hemos decido que nuestra empresa sea un Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL)

Para finalizar, os dejamos dos tablas con los datos más importantes resumidos, tanto de las empresas individuales como de los diferentes tipos de sociedades.
PERSONALIDAD
FORMA
Nº DE SOCIOS
CAPITAL
RESPONSABILIDAD
FISCALIDAD DIRECTA
PERSONAS FÍSICAS
Empresario individual
1
No existe mínimo legal
Ilimitada
IRPF (rendimientos por actividades económicas)
Comunidad de bienes
Mínimo 2
No existe mínimo legal
Ilimitada
IRPF (rendimientos por actividades económicas)
Sociedad civil
Mínimo 2
No existe mínimo legal
Ilimitada
IRPF (rendimientos por actividades económicas)

PERSONALIDAD
FORMA
Nº DE SOCIOS
CAPITAL
RESPONSABILIDAD
FISCALIDAD DIRECTA
PERSONAS JURÍDICAS
Sociedades Mercantiles
Sociedad colectiva
Mínimo 2
No existe mínimo legal
Ilimitada
Impuesto de sociedades
Sociedad de responsabilidad limitada
Mínimo 1
Mínimo 3.000 €
Limitada al capital aportado
Impuesto de sociedades
Sociedad Limitada Nueva Empresa
Máximo 5
Mínimo 3.000 € Máximo 120.000 €
Limitada al capital aportado
Impuesto de sociedades
Sociedad anónima
Mínimo 1
Mínimo 60.000 €
Limitada al capital aportado
Impuesto de sociedades
Sociedad comanditaria por acciones
Mínimo 2
Mínimo 60.000 €
Socios colectivos: IlimitadaSocios comanditarios: Limitada
Impuesto de sociedades
Sociedad comanditaria simple
Mínimo 2
No existe mínimo legal
Socios colectivos: IlimitadaSocios comanditarios: Limitada
Impuesto de sociedades
Sociedades mercantiles especiales
Sociedad laboral
Mínimo 3
Mínimo 60.000 € (SAL) Mínimo 3.000 € (SLL)
Limitada al capital aportado
Impuesto de sociedades
Sociedad cooperativa
Mínimo 3
Mínimo fijado en los Estatutos
Limitada al capital aportado
Impuesto de sociedades (Régimen especial)
Agrupación de interés económico
Mínimo 2
No existe mínimo legal
Limitada al capital aportado
Impuesto de sociedades
Sociedad de inversión mobiliaria

Mínimo fijado en los Estatutos
Limitada
Impuesto de sociedades